viernes, 21 de agosto de 2015

La apelación del municipio –intentando postergar la prestación de diálisis- es indigna y básicamente inhumana. Tampoco suspende el plazo de la sentencia

La apelación realizada no posee efecto suspensivo de los plazos ordenados en el proceso de amparo, conforme establece la ley provincial (art.17 ley 13928).

Luego de sancionada la ordenanza 3547/13 y ante la prolongada inacción del Municipio, dos vecinos fallecieron en diciembre del 2013; motivo por el cual  los pacientes renales y algunos de sus familiares contrataron mis servicios como abogado para realizar una demanda, buscando que los jueces reconozcan sus derechos. Hemos logrado ese objetivo ante la Suprema Corte Provincial.
La poco creíble estrategia del actual gobierno es tan simple como desafortunada: desvalorizar el reclamo judicial de los enfermos renales para disimular las sentencias de la justicia intentando confundir a la gente; y por otro lado hacer algo mínimo, como por ejemplo: (sacarse fotos donde –supuestamente- se instalaría el Centro a futuro; -presentar públicamente a un nefrólogo que no atiende permanentemente en Casares; - presentar números de tramites inexistentes ante el Ministerio de Salud -o hacer un falso contrato  para estirar el plazo de implementación otro año más). Mientras tanto los 17 pacientes continúan haciendo un sacrificio inhumano, viajando silenciosamente tres veces en la semana, sumidos en su cansancio; levantándose a las cinco de la madrugada – con sus dolencias y contratiempos- para emprender un viaje; luego  regresar a Casares por la tarde, y así mantenerse con vida.
¿Acaso podemos afirmar que en tales condiciones son ciudadanos de Casares?
Decir que “es falso” que el Municipio haya sido condenado por la justicia a instalar el centro con sustento en que “la sentencia fue apelada”, no hace más que confirmar la verdad, la vigencia e importancia de dicha decisión de la justicia.  Solamente algo es falso si no existe. Por el contrario, la sentencia obtenida por los pacientes el día 10/08/2015 es real, está vigente, y puede ser leída por cualquier vecino ingresando a la página de facebook “Casarenses con derecho a Nefrología y Diálisis en su Ciudad”.
La actitud municipal de “apelar para ganar más tiempo” es pobre, es débil; pero esencialmente es indigna, es repudiable y contraria a los Derechos Humanos. También es estéril, pues con la apelación no desaparece el deber legal (y moral) de instalar el servicio de diálisis en un breve lapso, conforme la ordenanza 3547/13. Ni mucho menos se suspende el efecto de esta sentencia.  Porque la apelación no posee efecto suspensivo en el proceso de amparo según lo establece la misma ley provincial. El plazo fijado por el Juez Marcelo Centeno está corriendo.
Peligroso es el mensaje que desde el Municipio se intenta dar a la comunidad: “la justicia nos ordena garantizar los derechos, pero como somos gobierno hacemos lo que queremos y apelamos para dilatar”.  
Al apelar el Municipio se opone a la decisión del juez de asegurar en Carlos Casares la asistencia efectiva de un médico nefrólogo para cualquier ciudadano con problemas nefrológicos.
Respecto al tratamiento agudo en terapia intensiva,  la reciente sentencia del Juez Centeno expresó: Nulos efectos prácticos se aprecia en la existencia de una máquina de diálisis aguda en el Hospital, cuando no existe la presencia activa y regular de aquellos recursos humanos tendientes a garantizar la efectiva prestación del tratamiento”.  (Sentencia del 10/8/2015).
La postura de menospreciar el reclamo judicial de la mayoría de los pacientes que firmaron la demanda resulta antidemocrática; porque se burla de la justicia, de las instituciones, de los jueces,  y en especial de una minoría de vecinos discapacitados que no interesan a la clase política; vecinos silenciosos que luchan solos, junto a sus familias, y reclaman por su salud, por su calidad de vida, y por un servicio vital para su ciudad. Vecinos que junto a este letrado han logrado que los jueces hagan su tarea: proteger los derechos constitucionales de las minorías frente al poder político.
No hay algo más antidemocrático que el capricho, porque es puramente irreflexivo. En especial cuando se apoya en un populismo mayoritario. Un populismo que viola derechos humanos. Precisamente, la ausencia de sentido común ha guiado al Municipio a confrontar innecesariamente con los pacientes, obligándolos a interponer una demanda de amparo por su prolongado incumplimiento; llevándolos a un litigio que derivó en tres sentencias condenatorias y consecutivas; sentencias que destacan la violación de derechos humanos.
La comuna también ha rechazado todas las oportunidades de dialogo emprendidas.  El resultado: un proceso costoso que pasó por todas las instancias y que debe financiar el pueblo. El mismo pueblo que decidió la prestación de estos servicios y tratamientos por ley.
El tiempo pasa, y todo queda registrado en los medios y en el expediente judicial. Nótese que al punto 4,7 de la contestación de demanda el Municipio llegó a decir que: “es inconcebible que los actores (pacientes) le atribuyan responsabilidad al estado por su desdicha” y “menos que se sientan obligados a realizar viajes para efectuar los tratamientos de diálisis”.  Simplemente una barbaridad!.
Pensemos que hace un año, -con fecha 12 de agosto de 2014- el gobierno anunciaba en los periódicos un contrato con dos médicos de Junín (ver Periódico El Oeste, “la mejor noticia…”), donde se auto-impuso el plazo de 12 meses para tener la obra terminada. Dicho contrato fue convalidado por ordenanza. Lamentablemente ese plazo venció sin siquiera tener una sola pared levantada del “proyectado centro de salud renal”.
En la audiencia del 26 de abril (gravada en DVD) La Dra. Juliana Cuesta alegó sobre la existencia de un expediente iniciado ante el Ministerio de Salud para lograr la habilitación; cuya existencia posteriormente fue desmentida por el mismo Ministerio.
En abril de 2013 presentamos el proyecto por la Banca 15 (la Banca del Pueblo) con más de 350 firmas de vecinos recolectadas en los comercios. Los concejales votaron por unanimidad una ordenanza con altísimo contenido democrático. ¡El Departamento Ejecutivo, (el intendente) solo debía “ejecutar” las ordenanzas; NO postergar su implementación con apelaciones y chicanas!  
Lo destacable de una democracia constitucional es que, aun aquel gobierno que ostente el apoyo de la mayoría del pueblo, no pueda pasar por arriba los derechos individuales de una minoría; ¡sino que deba respetarlos!. Pues la Constitución Nacional es el límite a la regla de las mayorías, y de ese juego armónico surge el vigor de nuestro sistema de gobierno.
A los pacientes, y a sus familiares deseo expresarles mi profunda admiración por tener el vigor de subir al remis estrictamente todos los lunes, todos los miércoles y todos los viernes. Por su actitud para sobrevivir en Carlos Casares; yo también lo padecí con mi madre luego de clausurado el centro de diálisis.
Mi entero agradecimiento, especialmente a Miguel y su familia; a Mauri y a Walter; a Daniel; a Mirta y a su cuñada Anabel; a Manuel; a Felipe y su familia; a “Rincha”; a Natalia y sus hijas; a Fernanda; a Miriam; Ariel; a Nacho; a Leonel, a Adrián y Celestina.
Desde mi rol de abogado les puedo brindar certeza en cuanto a que la justicia ya ha amparado nuestro reclamo, ha condenado al Municipio, ha ordenado las medidas cautelares y ahora ha fijado un plazo para la prestación de los servicios y tratamientos médicos. 
Aun así, nuestra postura seguirá siendo estar abiertos al diálogo constructivo, sensato y respetuoso de las necesidades más humanas. Dispuestos a encontrar soluciones de la manera más pacífica y razonable posible.
Escribe el Dr. Andreoli, apoderado del grupo de pacientes renales