PALOS EN LA RUEDA - DÍA 1
1- La elección del Secretario es una atribución exclusiva del cuerpo
legislativo, por eso mismo se procederá a presentar el nombre de la
persona aspirante a dicho cargo para que sea sometido a votación por la
totalidad de los concejales.
El mismo no requiere
un "arreglo" o "consenso" previo ya que no es potestad de este cuerpo
"arreglar" un cargo legislativo sino someterlo a votación para que el
mismo sea designado.
2- El nombre de la persona que será
propuesto nunca fue impuesto o dirigido por el Ejecutivo. Fue tarea del
bloque de concejales oficialistas decidir en conjunto y tras varias
reuniones quién era la persona que reunía las mejores
y mayores condiciones para presentarse como aspirante a asumir dicho
cargo. Aún así, el mismo todavía no se encuentra designado como tal ya
que, como expusimos anteriormente, debe ser sometido a votación,
garantizando el sistema democrático y la división de
poderes.
3- Consideramos que la decisión de no
prestar quórum para la sesión especial convocada a ese fin no responde
más que al deseo de comenzar a entorpecer el trabajo del poder
legislativo desde su primer día; impidiendo que las autoridades
sean elegidas bajo un sistema democrático auténtico sin injerencia
externa alguna.
BLOQUE DE CONCEJALES - FRENTE DE TODOS