Con Fecha 26
corriente mes y año en horas de la madrugada Personal Policial de esta
Comisaria, en la vía Pública más precisamente por calle San Luis y Av.,
Pueyrredon de este medio, procedió a la aprehensión de una persona mayor de
edad quien se encontraba realizando carreras de las denominadas picadas,
en vehículo
Fiat Uno, interceptado el mismo comienza a ocasionar disturbios en vía pública encontrándose en estado de ebriedad, por lo que se procedió a
labrar infracción a los Art, 72 y 74 Inc, “a” (*) (Ebriedad y Desorden Vía Publica)
Ley 8031/73, a cargo de la Dra., CONTRERAS Soledad del Juzgado de Paz Local,
Dpto., Judicial Trenque Lauquen otorgándose Libertad al encartado desde esta
Seccional Policial e Infracción Ley 24449 (Secuestro vehículo) a cargo Dra.,
FERRIOL Marianela a cargo del Juzgado de faltas Municipal.-
(*) ARTÍCULO 72.- (Dec-Ley 9163/78 y Dec-Ley 9399/79) Será sancionado con pena
de multa del quince (15) al cuarenta (40) por ciento del haber mensual del
Agente de Seguridad (Agrupamiento Comando) de la Policía de la Provincia de
Buenos Aires y arresto de hasta cuarenta (40) días, el que transite o se
presente en lugares accesibles al público en estado de ebriedad o se embriague
en lugar público o abierto al público . La pena se duplicará si se ocasionare
molestias a los demás (*).
(*) A partir
del artículo 73 se produce una renumeración como consecuencia de la derogación
del artículo 73 (original) derogado por Decreto – Ley 9164/78.-
ARTÍCULO 74.- (Dec-Ley 9164/78, Dec-Ley 9321/79,
Dec-Ley 9399/79) Serán reprimidos con multa entre el quince (15) y el cuarenta (40) por
ciento del haber mensual del Agente de Seguridad (Agrupamiento Comando) de la
Policía de la Provincia de Buenos Aires y/o arresto de dos (2) a treinta (30)
días:
a.- Los que individualmente o en grupo, en lugar
público o abierto al público, profieran gritos, se reúnan tumultuosamente,
insulten, amenacen o provoquen de cualquier manera;
