martes, 9 de abril de 2019

A tener en cuenta: Las causas por las que te pueden secuestrar el auto, la moto o la licencia de conducir


Todas las semanas se producen secuestros de vehículos en el marco de controles viales llevados adelante por la Policía. Las retenciones se producen por diversos motivos. Toma nota de cuáles son.
Continúan realizándose en nuestra ciudad controles de tránsito en el marco de las órdenes emanadas por el Ministerio de Seguridad de la Provincia,
que busca concientizar acerca de las buenas prácticas al conducir y reducir las posibilidades de accidentes.
En este sentido, todas las semanas hay vehículos que son retenidos por diversos motivos.
Por ello, conviene tomar nota sobre cuáles son esos motivos por los que las autoridades competentes pueden secuestrar un vehículo.

Motovehículos
En el caso de las motocicletas, las retenciones en forma preventiva se pueden concretar por las siguientes causas:
1) falta de chapa patente;
2) falta de casco protector reglamentario ya sea en su conductor o en el acompañante;
3) licencia de conducir vencida o inferior a la cilindrada que se conduce, o bien por no poseerla;
4) por alcoholemia positiva.
También se puede hacer una retención preventiva por conducción peligrosa en la vía pública. Eso se entiende como una aceleración injustificada, la maniobra de “willy” o una “picada” en vía pública.

Documentación
La documentación que debe portar un motociclista implica la licencia de conducir (con la categoría que lo habilita para conducir esa cilindrada), cédula verde y/o rosada, VTV y seguro obligatorio.
Además, los motovehículos deben poseer espejos retrovisores, además de tener colocada la chapa patente en la parte posterior que sea visible y sin aditamentos que entorpezcan su visualización.
En el caso de que un motociclista sea advertido sin ésta documentación (exceptuando la licencia de conducir) o sin los espejos retrovisores, será multado, es decir, se le labrará un acta de constatación pero no se podrá realizar el secuestro del vehículo.

Automotores
En el caso de los automotores, las retenciones en forma preventiva se pueden llevar adelante por:
1) falta total de chapa patente;
2) falta de licencia de conducir, licencia de conducir vencida o licencia de conducir no correspondiente al porte de vehículo;
3) por alcoholemia positiva;
4) por falta total de luces;
5) por carrocería deficiente.

Documentación
Asimismo, la documentación que debe portar un automovilista comprende la licencia de conducir actualizada y acorde a la categoría correspondiente, la cédula verde y/o azul, la póliza de seguro obligatorio (y el comprobante de pago), VTV al día.
Al igual que con los motociclistas, aquellos automovilistas que sean advertidos sin ésta documentación (exceptuando la licencia de conducir) serán multados pero no se les secuestrará el vehículo.
En lo que respecta al transporte público de pasajeros (Taxi – remis), los conductores deberán poseer una licencia de conducir habilitante.
Además deberán poseer habilitación al día, con la correspondiente visa actualizada.
Las retenciones podrán llevarse a cabo en caso de controles de alcoholemia que den positivos ya sea en conductores particulares o en aquellos abocados al transporte público de pasajeros, a taxis, remises y transportes escolares.

Retención de la licencia de conducir
Solamente se puede retener la licencia de conducir en caso de que este vencida, sea adulterada o ilegible.