lunes, 28 de septiembre de 2015

Se celebra el 26: Este año, el Día del Empleado de Comercio se celebrará el 28 de septiembre

El Día del Empleado de Comercio se celebrará este año el lunes 28 de septiembre, según acordaron empresarios y trabajadores del sector mercantil.
En realidad, ese Día se conmemora, todos los años, el 26 de septiembre, pero esta vez -como cae sábado- se decidió una prórroga.

Empresarios del sector indicaron que en caso que las localidades decidan acordar una fecha distinta a la establecida, podrán hacerlo, pero manteniendo los condicionamientos de legales vigentes.
Por tanto, si bien no es obligatorio para el trabajador prestar servicios, aquellos empleados que decidan de común acuerdo con el empleador desempeñar sus tareas normalmente ese día, se les deberá liquidar un jornal adicional.
Asimismo, los propietarios no están obligados a cerrar los establecimientos.
Según la Ley 26.541, el Día del Empleado de Comercio será un día de descanso para todos los trabajadores mercantiles, "asimilándose dicho día a los feriados nacionales a todos los efectos legales".
Al respecto, la Ley de Contrato de Trabajo dispone: "en los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical. En caso que presten servicios en tales días, cobrarán remuneración normal de los días laborales más una cantidad igual". (NA)